DECRETO # 4

LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA

RESULTANDO PRIMERO.- En fecha 19 de Septiembre los Diputados Coordinadores de los Grupos Parlamentarios representados en esta Soberanía Popular presentaron al Pleno la propuesta de Diputados que con el carácter de propietarios y suplentes deberán representar al Poder Legislativo ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.

RESULTANDO SEGUNDO.- A través del memorándum número 014 de fecha 20 de Septiembre, el Diputado Presidente de la Mesa Directiva y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 143 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, turnó el asunto a la Comisión Legislativa de Asuntos Electorales, dejando a su disposición el documento para su análisis y la emisión del correspondiente dictamen.

CONSIDERANDO PRIMERO.- Los artículos 38 fracciones V y VI de la Constitución Política local y 244 de la Ley Electoral de la Entidad, disponen que al Consejo General del Instituto Electoral del Estado concurrirán con voz pero sin voto, los Consejeros Representantes del Poder Legislativo, propietarios con sus suplentes, quienes serán propuestos por los grupos parlamentarios con afiliación de partido en la Legislatura, a través de sus respectivos coordinadores.

CONSIDERANDO SEGUNDO.- El 7 de Septiembre próximo pasado quedó instalada la Quincuagésima Novena Legislatura, misma que asumió todas y cada una de las atribuciones que competen al órgano legislativo, una de ellas es acreditar a los Representantes de esta Asamblea Popular ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado.

Por todo lo anterior, el Pleno, designa a Consejeros Representantes del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se

DECRETA 

SE DESIGNAN CONSEJEROS REPRESENTANTES DEL PODER LEGISLATIVO ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE ZACATECAS.

PRIMERO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Zacatecas en uso de la facultad que le confieren los artículos 38 fracciones V y VI de la Constitución Política local y 244 de la Ley Electoral, designa como Consejeros Representantes del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, a los Diputados:

 

Propietarios

Suplentes

P.R.D.

José Ma. González Nava

María Luisa Sosa de la Torre

P.R.I.

Leodegario Varela González

Angélica Náñez Rodríguez

P.A.N.

Manuel Humberto Esparza Pérez

Francisco Dick Neufeld

P.T.

Guillermo Huízar Carranza

Laura Elena Trejo Delgado

C.P.P.N.

Félix Vázquez Acuña

Elías Barajas Romo

SEGUNDO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su expedición y deberá publicarse en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena1 Legislatura del Estado a los veinticinco días del mes de Septiembre del año dos mil siete.

  

    PRESIDENTE

DIP. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES

 

SECRETARIO

SECRETARIO

DIP. UBALDO AVILA AVILA

DIP. FELIX VAZQUEZ ACUÑA